SOBRE GOBIERNO CORPORATIVO
Novelería Andina y Latinoamericana en general, de este siglo 21, a imitación de las grandes corporaciones súper capitalizadas de Europa Occidental y Estados Unidos, que ya desde fines del siglo 19, buscaban formas de administrar sus grandes empresas, y que toma auge en los 70·s del siglo 20, ante los casos de grandes fraudes por parte de administradores de grandes empresas en esos subcontinentes.
El concepto es coordinar adecuadamente las relaciones entre accionistas, directivos y administradores, pero con sustento legal vinculante, no discrecional a manera simplemente de snobismo.
Si no se reforman las leyes pertinentes, como especialmente la ley de compañías, la de mercado de valores, la de bancos, la del sistema de instituciones financieras, etc., es arar en el mar.
El famoso código ecuatoriano de gobierno corporativo, no es más que un saludo a la Bandera.
El tema es mas de ética y transparencia de la información societarias, que de administración propiamente dicha. Así, sin esa modalidad, se han desarrollado grandes empresas, y, aún imponiéndola en otras, no estarían exentas del fraude de sus administradores, si ellos así lo decidieran.
En Ecuador, el ejemplo más palpable, la de los Bancos, con todos los “controles”, administradores tramposos, los llevaron a la quiebra, mientras ellos, personalmente se enriquecieron.
Ahora, de que grandes corporaciones súper capitalizadas hablamos en Ecuador, que requieran de gobierno corporativo, si las pocas que existen, son de corte familiar o personal, accionistas mayoritarios que finalmente son los que deciden en junta general y en directorio, máxime que son ellos mismos los administradores.
Bastaría con reglamentar profusamente, y no necesariamente en el Estatuto, sino internamente, con manuales exhaustivos, el funcionamiento de la junta general, del directorio y de la administración, como así lo cumplen pocos Bancos privados, entre ellos uno de propiedad del Estado, con corte Europeo, y, otro, muy guayaquileño, con corte Usamericano.
Ejemplos de Bancos Ecuatorianos, son muchos, en los que el capital, la dirección y la administración, se confunden; así el dueño es el suegro, los directivos la familia, y, el administrador el yerno. Empresas grandes con otros objetos sociales, en el Ecuador, todos sabemos cuales son y que allá ellas si tienen o no gobierno corporativo, sin en definitiva los riesgos y las ganancias son de ellos mismos.
Además, constitucionalmente le cortaron las “alas” a los Bancos, de tener otros negocios, por lo que resulta un contrasentido, esto de gobierno corporativo; y, es más bien notorio que se le quiere dar aplicación específica para las Empresas Públicas.
Más, cuando se trata de empresas privadas con captación de capitales, negocios bursátiles, inmobiliarios, etc., entonces si deben imponerse esas normas de transparencia, para lo que hay que comenzar con elevar los estándares de las auditorías externas nacionales, e igualarlos con los del extranjero. De otra forma, seguirán ocurriendo fraudes, por que las famosas Súper Intendencias, solo sirvieron para beneficiar a los Funcionarios de turno.
En la realidad ecuatoriana, donde deben aplicarse las recomendaciones, es en la industria de la construcción, donde vemos con mucha frecuencia que se alzan con el santo y la limosna, porque no se ha legislado específicamente, ya que se produce captación de capitales, con simples instrumentos privados, a pretexto que resulta costoso hacerlo por escritura pública, que es como corresponde por analogía, por tratarse de bienes inmuebles; y/o debieran aprobarse oficialmente formatos, a imitación de las pólizas de seguro.
Lo demás, es pura moda atrasada.
Nota: Este artículo fue publicado a mediados del 2013; hoy, 2014, ya fueron dictadas las reglamentaciones para las compañías inmobiliarias promotoras de programas de vivienda; así como, la societarias y bursátiles.
